MARKETING MULTINIVEL VS. ESTAFA PIRAMIDAL: ¿UN
NEGOCIO REDONDO?
MULTI-LEVEL MARKETING
VS. PYRAMID SCAM: A ROUND
BUSINESS?
- Gloria María Acosta Alvarez De HoyleUniversidad Femenina del Sagrado Corazón
- Anabel Santos MorenoUniversidad Femenina del Sagrado Corazón
DOI: https://doi.org/10.33539/lumen.2020.v16n2.2311
Agradecimientos:
A los Representantes
de la Superintendencia de Banca, seguros y AFP: Dr. Alfonso Villanueva y Dr.
Gustavo Gálvez, por la gentil atención para las investigadoras mediante
entrevista respecto de pirámides financieras.
RESUMEN:
Importante precisión
de diferencias entre negocio multinivel, correspondiente a marketing de redes y
pirámide financiera; ambos potenciados por la velocidad de redes sociales a
nivel global, para determinar la existencia de un ilícito penal en cada caso. Se
propone una revisión desde el punto de vista del usuario a nivel general
respecto de las competencias de los organismos públicos en los cuales podrían -
o no - generar algún impacto; nuestro segundo punto de vista es respecto de la
propia empresa y la necesidad de responsabilidad, ética y transparencia; y
finalmente nuestro tercer punto de vista es desde el regulador peruano.
PALABRAS CLAVE:
Pirámide financiera,
Marketing multinivel, regulación financiera, estafa financiera, Sistema Ponzi,
Negocios en red, Marketing de referidos, transparencia, ética, responsabilidad,
usuario diligente, consumidor razonable, inversión de riesgo, educación
financiera, cultura de negocios.
ABSTRACT:
Important precision of differences between multilevel
business, corresponding to network marketing and financial pyramid; both
boosted by the speed of social networks globally, to determine the existence of
a criminal offense in each case. A review is proposed from the point of view of
the user at a general level regarding the competencies of public bodies in
which they could - or not - generate an impact; our second point of view is
regarding the company itself and the need for responsibility, ethics and
transparency; and finally our third point of view is from the Peruvian regulator.
KEY WORDS:
Financial Pyramid, Multilevel Marketing, Financial
Regulation, Financial Scam, Ponzi System, Network Business, Referral Marketing,
Transparency, Ethics, Responsibility, Diligent User, Reasonable Consumer, Risk
Investing, Financial Education, Business Culture.
INTRODUCCIÓN
“El dinero viene del
sudor de tu frente” frase célebre de mi padre (GMAAH*) con una señal tan
prominente sobre su rostro en cada día a día ajetreado de trabajo; por lo que
NO cierto es que “la plata llega sola”
como decía algún expresidente. Resulta claro que un crecimiento sostenible
empresarial en cuanto a rentabilidad se refiere es directamente proporcional al
riesgo asumido, fruto del trabajo y esfuerzo constante.
La presente
investigación académica parte de una iniciativa de disertación jurídica en las
aulas de Derecho de la UNIFÉ, en el curso de Derecho Bancario donde se propuso
el caso CLAE como problemática aún actual y vigente; ello puesto que resultaba
anecdótico que un conocido locutor radial juvenil había declarado haber sido
“estafado” por una pirámide financiera. Y es que si a cualquier ciudadano de a
pie le preguntan si quiere dinero fácil, probablemente diga que sí sin siquiera
dudarlo, resulta simple naturaleza humana… lo cierto es que no hay mejor método
para identificar el riesgo que nos indiquen que el crecimiento exponencial
injustificado de la rentabilidad,
El sistema financiero
del Perú se ha visto enfrentado, en diversas ocasiones, a las devastadoras
consecuencias que pueden tener la informalidad y la opacidad de las
instituciones. El abuso y el comportamiento poco ético y delictual de algunos
pocos o no tan pocos, ha mellado y debilitado la economía peruana,
especialmente a la clase trabajadora de este país, quienes han sido (y pueden
ser aún) víctimas de estafas, al no existir; es por ello que presentamos la
problemática.
Como consecuencia de
lo anterior, actualmente se vienen desarrollando nuevas formas de defraudar,
utilizando para este cometido algunas vulnerabilidades de la realidad económica,
cultural y social de muchos peruanos, entre ellas se encuentran las pirámides
financieras que, a pesar de no ser nuevas estrategias ni absolutamente ajenas
han evolucionado en su forma de proceder, con la utilización de medio
electrónicos, los cuales facilitan la captación de víctimas y constituyen una
nueva modalidad de dar funcionalidad a las pirámides, modalidades cuyos
alcances aún no han sido estudiados ni comprendidos en toda su extensión, dado
su constante cambio.
Ante el enorme
atractivo de una rentabilidad exorbitante y la facilidad de trabajarlo on line
los espacios de crecimiento de estas actividades continúan provocando para las
potenciales víctimas de este tipo de estafas las promesas de los gestores de la
pirámide y su reinvención en el tiempo, con nuevas facetas y formas de operar,
la intervención de la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP (En adelante
SBS) resulta muy importante, para regular el mercado informal del sistema
financiero peruano, con el objeto de tomar las medidas pertinentes para evitar
que se siga dañando la confianza de los ahorristas en el sistema.
Desarrollamos a
continuación el análisis de los ya conocidos esquemas piramidales y la
importancia que tienen para todas las instituciones la confianza del público en
el sistema financiero peruano (entendiéndose por este, exclusivamente el
sistema formal o regulado), como alternativa para remediar este tipo de
fenómenos, siendo la confianza y la transparencia para que una entidad funcione
de manera equilibrada y armónica.
Pirámides
financieras: Antiguo negocio con nuevas tecnologías de acceso a redes.
Definimos pirámide
financiera como la promesa de obtener enormes utilidades en poco tiempo,
presentándose como una solución milagrosa, como aquel camino rápido a la riqueza
con el que cualquiera alguna vez ha soñado. Pero la experiencia ha demostrado
que este tipo de apuestas es en de alto riesgo y que la mayoría de sus
participantes suelen verse profunda e irremediablemente perjudicados, tras el
colapso de la pirámide. ¿Qué debemos hacer entonces para identificar este tipo
de esquemas fraudulentos?
Información: Lo
primero que tenemos que tener en cuenta, es que para realizar una inversión, lo
ideal es estar bien informado y tener la seguridad de que el destino del dinero
otorgado será utilizado para los fines (inversiones) informadas, así como ser consciente
de que las inversiones más seguras son las que tienen tasas de retorno más
bajas y que los retornos extraordinarios y fuera de la media establecida en el
mercado financiero local, debe ser analizada con detención
Lo segundo que
debemos observar es que un sistema solvente por sí mismo, que genera sus
propias utilidades, no requiere del ingreso constante, ya sea de capital o de
miembros. Por ello, es necesario precisar que la inversión no requiere que los
sujetos que aporten dinero al proyecto se recomienden entre sí y que, de ello,
quien recomienda reciba una bonificación extra. La inversión per se, es la
fachada que utiliza una empresa con naturaleza piramidal. Por lo que, para el
público no resulta tarea fácil diferenciar una de otra.
Un ejemplo de
pirámide, muy aparte de CLAE, es las “Tejedoras de Sueños” la cual fue
denunciada por la periodista Patricia Del Río en el 2016 y difundido por el
diario peruano El Comercio. Esta agrupación establecía dos requisitos
fundamentales: el aporte de 1.400 dólares y convencer a dos personas más para
que contribuyan con sus respectivos aportes. Esta pirámide estaba basada en una
temática de empoderamiento femenino que incitaba a las mujeres a ser más
solidarias y donar grandes sumas de dineros, las cuales serían recompensadas
con grandiosas donaciones, las que en realidad provenían de nuevos miembros de
la pirámide. En este tipo de esquema piramidal, la comunicación que se tenía
con los promotores, en principio era a través de medios electrónicos, pidiendo
que se mantenga en secreto. De esta manera y, siendo investigado por la SBS, se
determinó que consistía en una agrupación con ‘’esquema de Ponzi’’ el 7 de
Julio del 2016.
En 1920, Carlos
Ponzi, un italiano inmigrante, elaboró una modalidad de estafa basada en una
red de captación de “inversionistas” que ofrecía duplicar el dinero a corto
plazo, aduciendo que lo recaudado era invertido en la reventa de sellos
postales a través de la Security Exchange Company, empresa que constituyó y
manejó. No obstante, las ganancias obtenidas por el negocio de compra y venta
de estampillas postales no podría ni tendría jamás la utilidad que el señor
Carlos Ponzi ofrecía a sus colaboradores e inversionistas; la realidad es que
aquellas utilidades pagadas a los primeros colaboradores, prevenían simple y
llanamente de los nuevos capitales, provenientes de nuevos inversionistas
atraídos por las exorbitantes ganancias prometidas, La SBS determina que las
pirámides financieras son “un mecanismo de captación de dinero, con el ofrecimiento
de altas ganancias en un corto plazo, sin que exista una actividad económica
que lo sustente” (obtenido en línea de SBS INFORMA, Boletín quincenal
N°011/JULIO 2017). Tal conducta es sancionada como un delito típico,
antijurídica y culpable en algunas legislaciones de Europa y Latinoamérica; a
este tipo de delito se lo conoce como Estafa Financiera y su elemento
diferenciador es, precisamente, que defrauda no sólo a las víctimas resultantes
de la piramidación (ahorristas que ven perdidos sus fondos) sino que también,
vulneran directamente la confianza de la ciudadanía en las entidades
financieras. Por otro lado, en el general de los países, este tipo de
infracciones queda bajo el tipo penal general de la estafa y constituye faltas
del tipo administrativo y tributario, coligadas de la informalidad en la que
suelen trabajar este tipo de estafadores.
Asimismo, siguiendo
las palabras usadas por la ASFI “la piramidación constituye un efecto por el
que cualquier capital, sea grande o pequeño, se obtiene un elevado rendimiento
en corto tiempo sin que se pueda establecer cuál es el destino y fin del dinero
invertido y cuál fue la operación financiera que generó la rentabilidad”. Los
efectos de cada pirámide serán de acuerdo al nivel de participaciones que se obtuvieron
durante el periodo de vigencia de la misma junto al número de nuevos
participantes, los cuales deben ser exponencialmente mayores a los primeros,
para sostener toda la estructura.
Entonces, esta forma
fraudulenta funciona, en principio, recaudando fondos con la promesa de brindar
intereses altos y a corto plazo, además de pedir a sus “inversionistas” que
persuadan a sus familiares o amigos para que ingresen al negocio, muy posible,
a cambio de bonos extras o mayores beneficios.
Como ya se ha insinuado, la razón de que este
tipo de fraude se haya relacionado con la forma de una pirámide, es debido a
que el primer grupo de aportantes recibirá el pago correspondiente con el
aporte del segundo grupo y el segundo con el del tercer grupo, sucediendo esto
de manera continua y repetitiva, hasta que las autoridades intervengan o el
sistema colapse debido a la falta de sustento, dándose el caso de que, por
ejemplo, el número de aportantes en el sexto año se haya reducido
considerablemente debido a que no resulta posible seguir devolviendo el dinero
a los aportantes de los primeros cinco años y, lógicamente, tampoco a los del
sexto año. Sin embargo, hasta ese momento los fundadores y promotores de la
pirámide habrán recaudado lo suficiente como para salir del país y realizar
algo similar en otro.
Respecto del sistema
financiero peruano.
Esta capacidad
predictiva, se grafica en los índices de riesgos y credibilidad que tan
ávidamente desarrolla y maneja el sistema financiero en su conjunto, los cuales
son una guía para todos los miembros, especialmente para la Banca y otras
instituciones financieras. El estudio, la medición, el análisis del mercado y
de las conductas humanas son las herramientas desarrolladas por el Sector
Financiero, para tomar decisiones consistentes y seguras, que protejan a todo
el Sistema Financiero en su conjunto, pero principalmente, para mantenerlos a
ellos resguardados.
Por su parte, las
personas (es decir los usuarios del sistema financiero), contribuyen a la
estabilidad del Sistema Financiero en su conjunto por medio de la confianza
entregada. Así lo expresa también el Abogado José María López Jiménez, en su
análisis de la normativa y reglamentación española sobre el sistema financiero
realizado a comienzos del 2009: “La confianza de los depositantes puede inducir
a confusión, pues no queda claro si el cliente debe confiar en todo el Sistema
Financiero o sólo en la entidad de
crédito del Sistema Financiero a la que confía sus fondos. Nos inclinamos a
pensar por que la confianza ha de ser con su entidad, y de la confianza de cada
cliente en su particular entidad, llegaremos a la confianza en todo su conjunto
del Sistema Financiero.” (LÓPEZ, 2009 p.3).
De esta forma y en
resumidas cuentas, el Sistema Financiero en general (y en particular en Perú,
donde se encuentra compuesto por la Banca, las Aseguradoras y las
Administradoras de Fondos de Pensiones, entre otras entidades destinadas a
captar ahorros y otorgar créditos, supervisados por la SBS),se sostiene sobre
un sistemas de sinergias basados en la confianza y en la credibilidad; las
instituciones deben poder creer que los ciudadanos responderán a las
obligaciones contraídas con ellos por medio del pago, puntual y completo. De la
misma forma, deben confiar en que los índices económicos y macroeconómicos de
una economía son veraces, para invertir y emitir los instrumentos financieros
que impulsaran el ahorro de los ahorristas, con certeza. En su lugar, lo
depositantes y ahorristas deben confiar en que las entidades Bancarias a las
que entregan sus ahorros cumplirán su promesa de mantener a resguardo el dinero
entregado. Deben confiar además que aquellos acuerdos o instrumentos con un
interés o reajuste como retorno, entre otras manifestaciones de confianza.
Pero ¿qué sucede
cuando esta confianza no se ha desarrollado aún? ¿O si es quebrantada?¿Quién es el
responsable de desarrollarla? ¿Las entidades financieras? ¿Las autoridades de
cada país? Tales preguntas son de extrema relevancia y se han realizado desde
múltiples escenarios, incluso desde algunas organizaciones internacionales
destinadas a estudiar las causas y soluciones de la pobreza en el mundo,
actores que han planteado aún más preguntas, tal como se retrata en la
siguiente cita: “Pero quedan aún muchos misterios. ¿Por qué tomó tanto tiempo
descubrir que los pobres podían ser sujetos de crédito confiables? ¿Por qué
algunos modelos de crédito funcionan bien en algunos países y en otros no? Si
bien en todas partes se reconoce el acceso al crédito como una clave para
mejorar el bienestar, o sabemos realmente en qué se gastan los préstamos
obtenidos.” (CONGER, INGA Y WEBB, 2015 p.13)
La lentitud y el
desarrollo poco sostenible en el tiempo que han tenido algunos sectores del
Perú, pueden explicarse para muchos en los bajos índices de confianza
existentes en el mercado financiero peruano y en la capacidad deficiente de
este sector para aproximarse y prestar un servicio necesario y vital para la
economía; surtir de liquidez al mercado. También puede explicarse con una aún
eminente cultura del ahorro, acompañada de una institucionalidad a momentos
opaca y diferencias sociales y culturales muy diversas en un mismo país. No
obstante, ninguna de estas explicaciones es suficiente por sí misma. Existen
otros actores en deuda.
El primer actor, es
la autoridad nacional en materia de control y regulación financiera; la
Superintendencia de Bancos, Seguros y Administradora de Fondos de Pensiones.
Este organismo ha actuado de forma reactiva en los últimos años y, aunque ha
cambiado sus políticas y mejorado en sus mecanismos de control, aún ahora deja
aspectos sin controlar, como es el caso de los nuevos desafíos que presentan
las redes sociales y los medios de comunicación electrónica.
El segundo
actor, son los Servicios Financieros
como gremio y como empresas que tienen,
en todo este entramado, una responsabilidad social y un rol que jugar.
El sector financiero debe plantearse, en su propia estrategia de negocios, la
necesidad de trabajar y trazar por una estrategia que convierta a sus
instituciones en unas más transparentes y en sus usuarios, en consumidores más
informados y empoderados en sus derechos. Solo de esta forma se logrará un
sistema de financiero más fortalecido y, por ende, más sustentable en el
tiempo.
El último actor debe
ser, por cierto, los usuarios o ahorristas. Las personas que interactuamos con
el sector financiero debemos asumir la responsabilidad que conllevan nuestros
derechos y educarnos sobre el funcionamiento, alcances y límites del sistema
financiero. Debemos educarnos además sobre nuestros derechos y ser tenaces al
momento de exigirlos; sólo así se logrará equilibrar el balance entre todos
estos actores.
Un estudio
desarrollado en España, concluyó, después de analizar los perfiles sicológicos
y los grados de victimización de diferentes víctimas de los ´´esquemas Ponzi´´
(u estafa piramidal) concluyó que: “no existen diferencias entre los factores
que favorecen que los entrevistados sigan invirtiendo en la empresa piramidal,
estando estos relacionados con la creencia previa de que el negocio es seguro.”
(PAREJO-PIZARRO, 2017 p.66). En otras palabras, lo anterior se traduce que no existen diferencias sustantivas entre
las diferentes víctimas; va más allá de la clase social, educación, grado de
formación, género, nacionalidad, etc. La verdadera diferencia, pareciera
encontrarse en la aversión personal al riesgo que puede tener cada víctima al
riesgo, la cual solo se desarrolla con una consciencia de las consecuencias a
largo plazo de apostar por la informalidad o de, simplemente, ignorar las
señales que se revelen en el camino.
Un sistema financiero
fortalecido es aquel en que todos sus actores entienden su función e
interactúan en un mercado con transparencia y fluidez, comprometidos con
decisiones que se ajusten a la legalidad, pero también, a los principios y
exigencias de un modelo y sistema por sí mismo solvente y sustentable, para
todas y todos.
Pirámide Financiera:
Marketing Multinivel
Análisis:
- Desde el punto de
vista del usuario
- Desde el punto de
vista de las empresa
- Desde el punto de
vista del regulador
Conclusiones
¿Qué es una pirámide
financiera?
¿Qué hace la SBS?
Supervisa y regula, pero no solo eso, sino que dentro de su función está el
fomento de la inclusión financiera. ¿Qué es eso? Que todas las personas tengan
el acceso y uso de los productos (y servicios) financieros, pero de manera
informada. Para que ello suceda tiene que haber educación financiera.
La SBS tiene 4
órganos de línea y muchos otros de apoyo. Los órganos de línea son la
Superintendencia adjunta de Banca, Seguro, UIF y siendo el cuarto, AFP. Todas
esas cuatro, reportan al superintendente de Banca. Hoy la superintendenta de
Banca, Seguros y AFP, es Socorro Heysen Zegarra.
Un área adjunta de
Banca perteneciente a la Superintendencia es aquella que supervisa lo relativo
a la informalidad empresarial.
Toda empresa que es
informal, no está regulada. La función principal de la SBS y AFP, es proteger
los depósitos de ahorro del público. Que las personas duerman tranquilas
sabiendo que has depositado tu dinero en una entidad patrimonialmente sólida,
segura, que no va a quebrar, porque está supervisada. Y la supervisión
significa eso, regular todo un esquema estratégico para que cada entidad
financiera esté protegida, tenga un patrimonio sólido.
Los bancos reciben
depósitos y con estos depósitos, los bancos prestan. Los depósitos son
secretos, están protegidos por el secreto bancario, entonces, ¿Cómo tú, como
SBS, supervisas que los bancos den adecuadamente o cuiden que están personas
tengan confianza? A través del crédito, la SBS controla y revisa cada crédito
que las entidades financieras otorgan, la SBS controla y revisa cada crédito
que las entidades otorgan. Porque si los créditos están bien otorgados,
funciona la cadena de pagos.
“soy cliente, vengo y
deposito, banco: con esa plata presto, recupero, y pago al depositante” y no
solo tengo que pensar bien en que tengo que pagar, sino que tengo que calzar
bien los plazos que yo como entidad financiera estoy prestando. Si viene una
persona a depositar un depósito a plazo y dice, yo le voy a pagar como banco en
un año. Yo no le puedo prestar a esa misma plata a otra persona en 2 años,
porque cuando venga el año, no le voy a tener para pagar.
¿Qué cuida la SBS?
Cuida el dinero de los depositantes. Entonces, lo que se ve y se cuida es desde
atrás, desde la captación. Para nosotros, una empresa informal es: aquella que
capta, que pida deposita aquí y, yo te pago un interés. Ahí, como empresa
informal, estoy captando, estoy recibiendo.
- Tú puedes prestar
libremente.
Con tu plata, eso no
controla, porque eres una empresa prestamista. Lo que se sanciona es que se reciba dinero de la gente y,
se brinde un interés. Lo que la SBS hace es: autorizar el funcionamiento de las
entidades financieras y las entidades que van a funcionar en el sistema
financiero. Por ejemplo: autorización para los bancos, financieras, cajas
rurales, municipales.
Si se quiere realizar
una de esas actividades, es requerible se presente una solicitud a la SBS y
esta, va a requerir requisitos mínimos de capital mínimo que tienes que tener dependiendo
del tipo de empresa.
- Se sanciona la
captación.
Ellos tienen que
controlar en un área que tienen ahí, van y observan en las provincias que se
están dando. Paseas por ahí y ves que dice: “Inversiones XL”, y te preguntas si
ha sido aprobada por la SBS. ¿O reciben un depósito, ha sido aprobado? No. Se
va con un equipo, 3 a 4 personas, se realiza una supervisión inopinada. Está
captando, usted no puede y “pam”, se cierra la empresa. Se sanciona.
Las empresas
informales como las pirámides son controladas de esa manera, pueden llegar una
referencia de un afectado o de alguien que tenga conocimiento. Una empresa que
está dando un interés por el depósito que se le está brindando, por si acaso.
Entonces yo llevo un equipo y veo. O me voy a provincia y veo, que empresas se
están captando el dinero de la gente. Porque la captación de fondos es muy
delicada, recibir una tasa muy superior del valor del mercado, causando
problemas para el consumidor financiero. Para esa persona que cree que esa va a
pagar el interés.
4.-Sostenibilidad de
la Pirámide
¿Cómo se sostiene? La
pirámide se alimenta de la última persona que va depositando. Los primeros van
a recibir los depósitos que se van captando, el ejemplo más claro fue CLAE.
CLAE nunca dejó de pagar, iba a reventar de todas maneras y, no estaba
supervisada por la SBS a operar. Es por eso que se interviene.
4.1. La estructura
que posee una empresa multinivel para el desarrollo de su actividad comercial
dista un paralelismo con el de un esquema Ponzi, por lo que el determinar una
diferencia resulta muy difícil para el ojo del consumidor, pues existe una compraventa
de productos. Al respecto, Peter Vande Nat, Economista Senior de la Comisión
Federal de Comercio de EE.UU. deja entrever una diferencia importante señalando
que “Una organización es un esquema piramidal cuando los participantes obtienen
más beneficios monetarios de reclutar que de vender productos y servicios a los
consumidores”. Siendo esto así, ¿cuáles son los criterios que adopta
actualmente para bases a tomar en cuenta para diferenciar ambas figuras?
La empresa
multinivel, no conozco como funciona, pero no aplica acá. Es privado. No recibe
dinero del público. Trabaja con productos. Hace una red de mercadeo, vende
productos. Para la superintendencia, ello no es de importancia, es legalizado.
Cuando se dirige a
una persona de la superintendencia, un regulador como yo. Lo que se sanciona es
la captación. Recibir dinero de las personas para prestarlo. Las empresas que
prestan dinero por internet, no están supervisadas por la SBS, porque prestan
dinero, mas no captan dinero. Con tu patrimonio puedes hacer lo que quieras.
El principal problema
de la informalidad es la captación, no se puede captar si no está autorizado
por la SBS. Lo mismo que se hace ahora con la cooperativa, a partir de este
año. ¿qué hace la SBS? Dice, inscríbanse hasta tal fecha, en el registro de
cooperativas. Solo va a reconocer a las cooperativas inscritas y, si no lo
haces y captas dinero de los socios, te cierro. Eres informal.
Lo multinivel es un
aspecto que no ve la SBS. Es otro tema. Lo importante aquí es la informalidad.
Multinivel es un
negocio de red de mercadeo, fuente de mercadeo muy rica.
4.2 ¿Es la denuncia
de los consumidores la principal fuente de información para alerta de la SBS o
existen otros canales por los que se inician procesos de investigación?
Reconocemos los principales en la web a través de un correo electrónico que
puede ser anónimo inclusive.
Sí, normalmente
ubicamos dinero informal porque “les tiran dedo”, porque los intereses son muy
grandes o están cobrando tasas altas. Normalmente denuncian esta actividad.
Puede ser un vecino que diga: “me están pidiendo dinero y, me van a pagar una
tasa alta de intereses que es de 10% o 15% mensual”.
Siempre que veas
tasas exorbitantes que te paguen ahorro, hay algo raro ahí. Si alguien te dice
que le des 500 y te ofrece que en una semana te va a dar 540 o 600, es mucho;
puede cumplir, pero en la siguiente semana tal vez no. Eso es informal y
sancionable, porque no se puede captar sin la autorización de la SBS.
Sí, un vecino puede
denunciar; pero también contamos con un área de informalidad que tenemos una
relación en la cual se ve supuestos de algunos potenciales riesgos en este tipo
de delitos. Personas, casas, lugares, en las cuales se realizan visitas
inopinadas.
Por ejemplo, se llega
a una casa y resulta que no hay captación, solo préstamos y, eso no se puede
sancionar.
Sí, pueden ser
vecinos, la comunidad misma quienes realicen las denuncias. Pero aparte, la
Superintendencia Nacional de Bancas y Seguros y AFP tiene un área específica
que hace visitas inopinadas a supuestas personas que están captando recursos de
terceros sin supervisión de la SBS.
Esa área se llama
departamento de asuntos contenciosos a cargo de Carlos Cueva, este departamento
depende de la superintendencia adjunta de jurídica.
Dr. Gálvez, estuvo
trabajando hasta el año 2013 en informalidad.
Lo que hacía en mi
tiempo era recibir denunciar y en base a eso hacia visitas de incognito para verificar si se estaba realizando el
acto informal. Lo que se hacía básicamente era buscar denuncias y buscar
posibilidades de estas inconductas. Lo primero es verificar la ocurrencia del
hecho y, recabar pruebas, como, por ejemplo: hacer depósitos si era una entidad
informal que está captando depósitos. O
contratar la cobertura de un seguro, por ejemplo, en el caso de las AFOCAT1
informales, que son pequeñas aseguradoras de vehículos de transporte público a
efectos de accidentes de tránsito. Actualmente hay 46 AFOCAT supervisados por
la SBS y sigue habiendo muchos que son informales.
Básicamente, lo que
se sanciona son dos aspectos, la captación de fondos y la ejecución de
cualquier actividad supervisada por la SBS sin la autorización de la SBS. Y en
ese supuesto cae el tema de las AFOCAT, porque están realizando una actividad
que está bajo la supervisión de la SBS que es la cobertura de estos siniestros
de transporte público sin autorización de la SBS.
5. ¿Qué diferencia
hay entre la empresa multinivel y las empresas de estafa piramidal?
Lo que ocurre en las
redes multinivel, lo que están pagando a la persona es el resultado de parte de
los ingresos de la empresa, hablando de comisiones. Hay toda una estructura.
Ahora, que haya
empresas multinivel que en realidad sean pirámides y que sean un disfraz, es otro asunto. El mismo Herbalife, está
acusado de eso. Esa podría ser una de las más grandes pirámides del mundo y
nadie sabe. Y en noticias, hay acusaciones a Herbalife.
Un caso que, en mi
opinión, sí era una pirámide que operó en el año 2008-2009, es “Travel One”.
“Travel One” era una empresa que te vendía paquetes de promociones turísticas,
de cupones para utilizarlas en cruceros con descuentos. Y, ¿qué pasaba? Una vez
que comprabas eso, si captabas más gente, te ganabas más plata. Te ganabas una
comisión. Pero en estas cosas casi nadie las usaba al final, estas cuponeras
nadie las usaba.
Entonces lo que hacía
la gente era entrar a “Travel One” para captar gente y recibir más dinero.
- En el caso de
Herbalife, ¿Cómo se prueba la captación?
DR. Villanueva: Ese
tendría que ser un caso a nivel mundial. Aquí, es una cosa que ni se ha pensado
en hacer. En lo que deberías concentrarte es la captación ilegal, aquella que
no esté regulada por la SBS o, cualquier operación que la SBS no hay autorizada
por la Ley de Banca.
DR. Batrick: En el
caso de multinivel, una que realmente lo es, como Avon o L’ebel, se está
vendiendo cosméticos y se recibe comisiones. En el caso de Herbalife que vende
productos en el que supuestamente te baja de peso y no funciona, se dice que
está disfrazando una pirámide, es algo que no podemos afirmar.
Travel One, el caso
que te demostré en el que no estás vendiendo nada, solo se enfoca en la
captación de nuevas personas, ese viene hacer esquema.
Pero la SBS jamás se
ha metido en eso, en una pirámide disfrazada de multinivel, es difícil de
probar.
3. Al tratarse de
múltiples personas naturales quienes administran redes digitales de aportantes
y potenciales aportantes, inclusive bancarizando dichos aportes. ¿La SBS
trabaja de forma preliminar con el Ministerio Público para identificar estas
prácticas o entrega la información directamente para realizar la investigación
en fiscalía?
En nuestra época, las
investigaciones se hacían paralelamente. Nosotros hacíamos una investigación,
sacábamos un expediente y nos preparábamos para la intervención. Éramos como 10
personas, gente de diversos departamentos, de contenciosos, de seguridad, de
logística, de comunicaciones. Era todo un equipo para la intervención.
Por ejemplo, si era
en provincias teníamos que viajar y estar todo el día en el hotel, esperando que
primero pase denuncia a fiscalía. Y una vez que el fiscal haga suya la
denuncia, conseguir la autorización del juez para la orden de clausura.
Teníamos que ir con
la carpeta a la fiscalía y que el fiscal haga una denuncia y, pida ese día o al
día siguiente, una orden al juez para el cerraje, una orden de intervención.
Una vez ejecutada la
clausura de investigación y denuncia ante el poder judicial, ya quedaba en
manos de fiscalía. Nuestra función era en el comienzo, en la clausura y, luego
éramos parte en el proceso, pero el proceso ya lo llevaba fiscalía.
Frente a una
situación en la que las personas se encuentran en un esquema Ponzi, la pregunta
principal que se plantean es: “¿a quién debo recurrir?”
La relación entre el
potencial aportante y la entidad piramidal podría recaer en lo difuso, pues ¿qué
clase de relación tienen? Es potencialmente una relación entre privados,
entonces, ¿debería regirse por las normas del Código Civil? Existe asimetría de
información y el desenvolvimiento de su relación es equiparable a la de un
banco, entonces se trata de una relación proveedor-consumidor,
¿Bajo qué ley es
sensato ampararse y bajo qué autoridad? A) La Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros y acudir a la SBS.
Ley de protección y
defensa del consumidor y acudir al INDECOPI.
En el caso de haberme
percatado muy tarde y habiéndose ya concretado la inversión, entonces, ¿la
Autoridad encarga debería ser la Superintendencia de Mercado de Valores?
INDECOPI
Si bien es cierto, la
relación aparente entre en los involucrados en un esquema Ponzi puede ser
similar a una relación proveedor-consumidor, hay que tener en cuenta algunos
aspectos. En la Ley Nº 29571 referente al Código de Protección y Defensa del
Consumidor, se establece la defensa del consumidor frente a una situación de
desventaja debido a la asimetría informativa.
Sin embargo, al
tratarse este de un servicio financiero, el artículo 81 del mismo código ampara
en su marco legal la protección del consumidor frente a aquellos servicios
financieros prestados por “empresas supervisadas por la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones”, mas no hace
referencia a las empresas que no son supervisadas. Teniendo claramente con esto
un vacío en la norma con respecto al tema, dado que en estricta aplicación del
principio de legalidad, la norma debería hacer mención de las entidades
actualmente supervisadas y aquellas que no estándolo, debiesen estarlo bajo las
normas y principios de la propia Ley sectorial.
Asimismo, reconoce la
regulación y supervisión del sistema financiero y los productos y servicios
financieros en poder de la SBS, haciendo hincapié en el principio de
especialidad normativa.
Superintendencia de
Mercado de Valores (SMV)
La SMV es la entidad
encargada de supervisar y dar cumplimiento a las normas que regulan el mercado
de valores, la promoción y la incursión en la bolsa de valores e todo tipo de
entidades. Por ello, es imposible no pensar en ella cuando lo que se tiene
presente es que se ha realizado una inversión que requiere un retorno y en lo
posible una ganancia.
Dentro de las
funciones de la entidad se encuentran:
- Las personas
naturales o jurídicas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Banca,
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) lo están
también a la SMV en los aspectos que signifiquen una participación en el
mercado de valores bajo la supervisión de esta última.
- Hay que tener presente
el supuesto de que la entidad piramidal, en su mayoría, no realiza movimientos
en la bolsa de valores, justamente para evitar ser supervisada por la SBS y la
SMV. Sin embargo, en el supuesto en que, si lo hiciera, hay un factor
importante que se aplica en este caso al igual que en el de la INDECOPI y
corresponde a la aplicación del principio de especialidad normativa, la cual le
da plena operatividad a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP. (SBS)
Las entidades
financieras son reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP de
autonomía reconocida constitucionalmente, siendo que este órgano se encuentra
en las facultades de controlar las empresas que administran el ahorro del
público, con el fin de salvaguardarlo y mantener el equilibrio en la economía
peruana.
Una de las funciones
que cumple la SBS es la de brindar seguridad de que las entidades están siendo
reguladas de la manera correcta y, por ende, confianza en la entidad financiera
regulada.
Por ello, si
existiere alguna empresa que use un esquema parecido a la piramidal pero que
conste de sustento y cumpla con los requisitos legales para su funcionamiento,
este se encontrará registrado por la SBS y será transparente en cuanto a la información
que ofrezca.
Ante este contexto,
la función sancionadora de la SBS en caso de pirámides financieras fraudulentas
se encuentra sustentada en el numeral 1 del artículo 11º la Ley 26702 Ley
General del Sistema Financiero y Sistema de Seguros , siendo que señala que las
entidades que carezcan de autorización por parte del a SBS, están prohibidas de
administrar fondos del público tal como
las entidades financieras reguladas y, sobre todo a “…captar o recibir en forma
habitual dinero de terceros, en depósitos, mutuo o cualquier otra forma, y
colocar habitualmente tales recursos en forma de … inversión…” . Incluso en el
mismo artículo expresa que se entenderá que una empresa incurre en estas
infracciones cuando “se invite al público a entregar dinero bajo cualquier
título…”.
Regulación de las
pirámides
La forma como se ha
regulado en la normativa peruana la competencia de la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP le entrega la suficiente amplitud para pronunciarse sobre
todo tipo de actividades que, aún actuando de formas diversas y fuera de la
legalidad, capten algún tipo de capital. Ello señala un supuesto bastante claro
en el que calza el actuar de una pirámide financiera fraudulenta y, ante ello,
la sanción correspondiente por la captación de dinero encuentra sustento en el
artículo 351º de la misma ley, la cual señala que la Superintendencia está
autorizada de cerrar locales en los que realicen operaciones no autorizadas,
con la intervención de un fiscal de la Nación. Siendo que está autorizada a
incautar documentación que encuentre y, si es necesario, con el apoyo de la
fuerza pública, sin que la SBS incurra en responsabilidad.
Posterior al cierre
del local y la incautación de documentación, la SBS formulará denuncia que
corresponda al actuar, en este caso defraudación y apropiación ilícita.
Asimismo, en el
artículo 352º de la mencionada ley, se expresa que la SBS está facultada de
pedir ante la Corte Suprema la disolución de la entidad infractora.
Marco Penal
De acuerdo a nuestro
marco penal, en el art. 246º del Código Penal se reglamenta a las instituciones
financieras ilegales en tanto se produzca la captación habitual de recursos del
público en cualquier modalidad, los agentes responsables podrían adquirir en
sentencia una pena privativa de libertad
de entre tres a seis años y, que se agravaría por el uso de medios de
comunicación en un periodo de entre cuatro a ocho años de cárcel, ello sin
contar con los días- multa correspondientes.
Para esto, es
suficiente determinar que son instituciones ilegales las que no cuentan con
permiso por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, como ente
regulador en caso de captación del ahorro público y la cual contribuirá en la
investigación antes de formular denuncia a través de la Unidad de Inteligencia
Financiera (UIF).
Por otra parte, la agravante del uso de medios
de comunicación como las redes sociales, podría convertirse en una constante en
los casos de pirámides financieras, valga para ello el ejemplo de “Telar de
mujeres”, caso para el cual se utilizaba tanto las Redes Sociales (como Facebook)
como otros sistemas populares de mensajería electrónica como Whatssap. Para tal
sentido, la publicación abierta y desmedida de un medio fácil de ganar dinero a
través de aportes dinerarios con rentabilidad envidiable, no parece del todo
efectivo si no se interpone la confianza entre las personas a las que se va a
realizar la invitación, puesto que consta de un convencimiento personalizado y
no de una oferta pública y directa.
Formas y estrategias
de difusión, ocultamiento y crecimiento de estafas piramidales. Análisis a
través de casos.
CLAE
El Centro
Latinoamericano de Asesoramiento Empresarial, también conocido por sus siglas
CLAE fue la empresa bajo la cual se constituyó la más grande estafa piramidal
en la historia del Perú.
Fue fundada en 1978,
con un capital del valor de 100 mil soles, por Carlos Manrique Carreño, quien
en un inicio ofrecía servicios de asesoramiento y quien posteriormente fue
convirtiendo a CLAE en una empresa que buscaba captar dinero y devolver un
monto superior a la inicial y, como típica entidad basada en un sistema
piramidal, ofrecía bonos extra a quienes recomendaban a CLAE a más personas y
los hacían participes del negocio de las inversiones. El prometía entre los
ahorristas que entre más miembros, mayor “rentabilidad”.
Esta empresa duró
aproximadamente 16 años, lo que influyó en la confianza de las personas, pues
el escuchar el nombre CLAE en los años 90, significaba el sinónimo de
rentabilidad en inversiones, dinero fácil, pero confiabilidad.
El tiempo de vigencia,
los intereses exorbitantes y los testimonios de las personas que sí percibían
altos retornos, significó más para el ahorrista que la seguridad que podría
brindarle una entidad regulada; pues CLAE ofrecía lo que estas no, un futuro
asegurado con el dinero que irían a percibir.
Por ello, CLAE llegó
a manejar US$ 640 millones sin rendir cuentas a ninguna entidad reguladora y
con ello, estafó a cerca de 200 mil personas. Incluso por la cantidad de dinero
manejado, se dice que llegó a configurarse el manejo del “40% de la liquidez
del sistema financiero peruano.”
Tanta fue la atención
que atraía CLAE, que se decía que, en su periodo de auge (1989- 1992),
suscribía miles de contratos de depósitos a su nombre. Sin embargo, no solo se
trataba de simple atención, el contexto histórico-económico de aquel entonces
era demasiado preocupante para la población en general, pues se suscitaba el
primer gobierno de Allan García, los rezagos del proyecto de estatización de la
banca y el inicio del gobierno de Alberto Fujimori fueron fundamentales para
influir en la opinión del público a sentirse proclives por “alternativas” a la
Banca formal.
El quiebre de la
pirámide CLAE se inició por una disminución en el número de nuevos aportantes,
lo que originó que no hubiera fondos suficientes para costear los altos
intereses que se ofrecían.
CLAE había colapsado
en 1992, burlando a personas pobres y ex-trabajadores que perdieron sus empleos
durante la recesión de 1991 y 1992. Los fondos habían sido absorbidos por CLAE,
que pagaba tasas de interés de hasta 20% cuando los bancos convencionales
pagaban alrededor del 6%.
En 1992, durante el
gobierno de Fujimori, la SBS decidió regular la empresa, pero, Manrique no logró sustentar el estado financiero de la
entidad, tampoco logró cumplir con los requisitos que le exigía la SBS. Lo cual
resultó en que el golpe final fuera la orden de disolución de la empresa el 16 de mayo de 1994 y, como era de
esperarse, la denuncia contra Manrique por defraudación y apropiación ilícita.
Caso “Telar de
mujeres”
“Telar de mujeres”,
“Telar de sueños” o “Flor de la abundancia” son nombres que se le daba a una
organización que tenía como fin el estafar mujeres bajo la modalidad piramidal,
desarrollándose en países como Colombia, España y Argentina, aun siendo que en
esta última también participaban hombres.
El fin es sencillo:
“cumplir tus sueños en base de solidaridad femenina”, pues lo que ofrecen es un ‘regalo con mucho amor’, siendo que no
solo deben guardar confidencialidad acerca de las actividades realizadas, sino
que también deben buscar que otras 2 mujeres de confianza se sumen a la causa.
En reuniones o a través de las redes sociales una mujer habla con otras
(familiares o amigas) y las convence de invertir –debe lograr que al menos dos
lo hagan, cada una con un aporte de US$ 1,200-. La primera recibe la ganancia
por "reclutar" a las otras, y estas también por captar a nuevas
"inversionistas".
Al igual que en un
esquema piramidal, lo que ofrecía esta organización era una rentabilidad por encima de los estándares del sistema
financiero formal, llegando a ser 8 veces más del monto invertido, siento este
el de 1.400 dólares americanos. Claro que, el monto de inversión podía variar
de acuerdo a la forma del “juego”.
Asimismo, el
incorporar a otras 2 personas como requisito (también constituye una característica
importante del esquema Ponzi), el adecuar la estabilidad de la organización en
corriente a lo aportado por los ‘nuevos’. De lo que se evidencia no existe un
respaldo económico solvente.
El uso de medios
electrónicos como Facebook y Whatsapp, no solo evidencia que nos encontramos en
el auge del siglo XXI y la globalización, sino importa una tarea más difícil en
las investigaciones que se puedan realizar a dichas grupos que solo dependen de
estas formas de comunicación, obviando por completo la existencia de un
domicilio comercial. No obstante, involucra una agravante al delito de
intermediación ilegal financiera, como se verá más adelante.
Además, bajo este
ejemplo, podemos hablar que en muchos casos, las entidades, grupos u
organizaciones que realizan esta actividad ilegal aprovechan de la confianza
que tienen los aportantes, o futuros aportantes, no a la entidad que organiza, sino a aquellos que realizan el llamado, los
promotores que en un inicio fueron los
primeros aportantes y que pueden
ser familiares o amigos más íntimos. Pues, “solo se invita a mujeres en
las que se "confía y aprecia".”
En este caso, lo que
buscaban era que esas dos mujeres llamadas a sumarse a la causa no solo tengan
el interés de formar parte de ella, sino que también sean de confianza. ¿Por
qué? Pues, porque de esa forma es más fácil que puedan convencerlas de seguir
invirtiendo y sigan recomendando personas de confianza. Además de mantener la
fachada de una hermandad.
Caso Bernard L.
Madoff
Este caso es uno de
los más conocidos en EE.UU. pues pasó desapercibido por muchos años (20 años) y
causó conmoción en la más alta esfera económica-social. Pues, “borró US$ 17,500
millones en capital y más de US$ 40,000 millones en ganancias falsas”
Madoff creó su propia correduría bursátil en
1960 denominada Madoff Investment Securities, siendo que, teniéndola de
‘fachada’ realizó estafas por sumas importantes a bancos, aseguradoras, fondos
de inversión, entre otras; usando el esquema Ponzi.
Sus movimientos
consistían en ofrecer una rentabilidad de 10% y 12% anuales, lo cual no era muy
exagerado para la bolsa. Luego, solo invertía una pequeña parte del monto y lo
demás lo usaba para pagar a los primeros clientes.
Lo peculiar, es que,
en el caso de Madoff, él no pedía a los clientes sus recomendaciones, sino que
él aprovechaba de su reconocimiento social para conseguir clientes que, estaban
más que dispuestos a aceptar la invitación que este ofrecía. Madoff aprovecha
su posición como presidente de NASDAC para que los clientes, continúen
invirtiendo y no retiren sus ganancias, asegurando “estabilidad” a su pirámide.
No obstante, todo se
vino abajo cuando se dio la crisis económica en EE. UU en el 2008, pues ante el
desequilibrio financiero, los inversionistas requerían retirar su dinero para
estabilizar sus empresas. Dinero que no podía devolver porque este en realidad
solo circulaba entre los antiguos inversionistas y el mismo Madoff. Tres meses
después de ser arrestado, se declara culpable y posteriormente es condenado a
150 años de prisión, además de tener que devolver el dinero que utilizó en sus
estafas.
En el 2017, se
realizó la primera ronda de entrega de cheques para las víctimas de Madoff,
siendo un fondo de US$ 4,000 millones del Departamento de Justicia de Estados
Unidos, siendo que pasaron más de 8 años desde su arresto. Y aun cuando se han
aceptado más de 35,000 solicitudes por un total de más de US$ 6,500 millones de
pérdidas.
Asimismo, interesante
resulta el hecho que, al ser una correduría bursátil, esta estaba siendo
supervisada por el SEC (U.S. Securities And Exchange Commission), el regulador
del mercado, que no logró descubrir a Madoff hasta que sucedió la crisis. La
cual aún sigue siendo una duda.
Las diferencias con
el caso CLAE y Tejidos de mujeres, son muchas, teniendo en cuenta que las
personas a las que estafó eran personas cultas en el ámbito de los movimientos
y las inversiones en la bolsa, sabiendo los riesgos que esta ocasiona. Sin
embargo, no deja de llevar la estructura Ponzi, interrelación de un dinero no
circulable.
Caso Herbalife
(Esquema Multinivel)
Mark Hughes fundó en
1980 la empresa multinivel más cuestionada en la última década acusada de ser
un esquema piramidal, se trata de Herbalife.
En el 2012, Bill
Ackman, director ejecutivo de Pershing Square Capital, declaró en una
conferencia que la compañía Herbalife está destinada a fracasar, acusando de
ser un esquema piramidal y, en tanto
sus acciones bajen a cero, él ganaría cerca de mil millones de dólares. Seguida
a esta entrevista, realizó constantes declaraciones en los medios de
comunicación.
Ackman declaró
realizar una investigación a profundidad, en la que encontró un desequilibrio
en los ingresos que percibe la empresa y en su política. Aseguró que los
ingresos de Herbalife se sostienen de acuerdo a la cantidad de reclutamientos
que realicen los distribuidores, creando así un sistema en líneas ascendiente y
descendiente de transferencia de dinero por las comisiones obtenidas de las
ventas de aquellos que recién ingresan al negocio. Y que los precios elevados
de estos productos solo contribuyen a la fachada.
Así pues, aseguró a la prensa que los clubes
de nutrición creados por los supervisores de Herbalife, presentarían una
pérdida de 12 millones de dólares si sólo se enfocara en vender los productos.
Esta declaración, deja entrever que aquellos clubes solo perduran si se utiliza
para reclutar más distribuidores ganando una comisión por sus ventas.
En el documental
‘Betting on Zero’ dirigido por Ted Braun, se reconoce la existencia de un grupo
activista de personas en contra de Herbalife por causarles perjuicios en tanto
no se cumplió con el objetivo, adquirir ingresos que superen los gastos
realizados en la compra de productos, tachándolo de ser una empresa multinivel
con esquema piramidal.
En el año 2013, Carl
Icahn tomo el 26.2% en acciones de Herbalife, haciendo que de alguna forma la
empresa lograra estabilizarse.
El 15 de julio del
2016, la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos acusó a Herbalife
con cargos de prácticas, injustas, falsas y fraudulentas. Y la multa a
Herbalife fue de 200 millones de dólares, después de realizada una
investigación. Sin embargo, la Comisión nunca denominó a Herbalife como una
empresa con esquema piramidal; siendo de ayuda para que Michael Johnson, hasta
entonces director ejecutivo de la empresa, determinara un triunfo y siguiera
adelante con la compañía, perpetuando el modelo hasta ahora desarrollado.
En febrero del 2018,
Ackman anunció su desistimiento con la apuesta realizada contra Herbalife
después de cinco años en los cuales la compañía fue ampliamente cuestionada y
auditada.
No obstante, es
importante dilucidar ciertos aspectos importantes.
- En principio, una
empresa multinivel posee una estructura de distribuidores y vendedores, siendo
que los ingresos obtenidos son de acuerdo a los productos vendidos propios y de
aquellos quienes trabajan bajo su supervisión.
- El ofrecimiento no
solo consta de productos, sino también de servicios y, puede desarrollarse en
ámbitos de salud, maquillaje, etc. Un gran ejemplo son las empresas Avon y
Esika.
- Una empresa multinivel
no es ilegal por sí misma, en tanto los ingresos provengan mayormente de los
productos vendidos.
De acuerdo al
documental mencionado, Peter VanderNat, Economista Senior de la Comisión
Federal de Comercio, determina que “Una organización es un esquema piramidal
cuando los participantes obtienen más beneficios monetarios de reclutar que de
vender productos y servicios a los consumidores.” Lo cual significó un fuerte
argumento para ir en contra de Herbalife.
Es importante que una
empresa multinivel aloje un ambiente ordenado y, tratándose de un negocio en el
que priman las prestaciones recíprocas, es necesaria una investigación más a
fondo a cargo de la Superintendencia.
Tomando en cuenta el
punto de críticas en el que los productos de Herbalife suelen ser demasiado
costosos, Carlos Cueva, el jefe del Departamento de Asuntos Contenciosos de la
SBS, declaró que se trata de decisiones netamente tomadas por los consumidores,
puesto que son ellos quienes determinan si compran o no o, si quieren ser
distribuidores o no.
En este plano, es
importante tener claro que cuando se trata de una empresa multinivel, se está
hablando de constantes contratos de compra-venta, con estipulaciones marcadas
y, no de empresas basadas en reclutar personas y captar dinero, siendo esta una
diferencia bastante marcada.
Sin embargo, ello no implica que una empresa
multinivel no puede ser usada de fachada para la realización de actos ilícitos
como el de albergar un esquema Ponzi, sino por el contrario, puede ser la mejor
de las ideas desde el punto de vista de una mente criminal.
Otro punto importante
de diferencia entre ambas consiste en la ‘captación de personas’, puesto que
para ingresar a ser distribuidora de una multinivel no es necesario o requisito
exigible el llevar a dos personas más, de hecho, a pesar de ser una sugerencia
por los supervisores, no pasa de ello. Sin embargo, debido a que se trata de un
esquema piramidal y su actividad se basa en el incremento del grupo de
personas, muchas veces la “sugerencia” pasa por exigencia.
Asimismo, el gremio
que reúne a muchas empresas multinivel, entre ellas las grandes empresas de
venta de productos por catálogo como Belcorp, la Cámara Peruana de Ventas
Directas (Capevedi), expresa que una diferencia importante es el monto de
ingreso al sistema. En tanto a empresas multinivel, el costo no es demasiado
alto y es retribuible con productos de campaña. Pero al tratarse de esquemas
Ponzi, estos buscan poseen tarifas demasiado altas.
Recomendaciones de la
SBS en Perú, después del caso CLAE.
A partir del caso
CLAE, la SBS ha ido fortaleciendo sus programas de proceder y combatir la
informalidad financiera, para cumplir con preservar la economía y salvaguardar
el ahorro del público, a fin de evitar con ello crisis sociales y económicas
tan grandes como esas.
Por ejemplo, el Perú
fue representado en el Primer Seminario Internacional Sobre Estafas Piramidales
realizada en el 2008 en Bolivia, donde se expusieron los concerniente a esta
modalidad de estafa y, entre otros temas, se tomó en consideración de
exposición el caso CLAE y, las medidas que está tomando la SBS para prevenir
entidades informales. Dentro de estas medidas se encuentran: “Potenciar las
acciones de detección de la UIF insertada a la SBS desde 2007. Cuenta con
personal calificado y se especializa en la investigación de lavado de activos…”
Así como “fomentar el desarrollo de microfinanzas, convertirlas de informales a
formales” y difundir los riesgos en los que incurre el público si forma parte
de un sistema piramidal”.
Prueba de ello se
encuentran en las distintas publicaciones que realiza la entidad para informar
sobre el tema y no ser víctimas de estafas con esas. A consideración de ello,
la SBS emitió algunos “tips” al público en general, de entre los que destacan:
- Verifica siempre la
identidad, domicilio y existencia formal de las personas o empresas con las que
haces negocios, y documenta toda transacción.
- Desconfía siempre del
ofrecimiento de altas tasas de interés o de altas ganancias en cortos periodos
de tiempo. Para ello, compara dicho ofrecimiento con la ganancia que se obtiene
en el mercado financiero formal.
Asimismo, la
Superintendencia ofrece consultas o la posibilidad de que el público realice
denuncias en caso se tenga sospechas de la existencia de una pirámide financiera,
vía telefónica o correo electrónico.
Análisis de la
cuestión
Tomando en cuenta lo
ya desarrollado a lo largo de la investigación, es muy fácil plantearse una
posición en el caso CLAE, a partir de ello, los esquemas piramidales han sido
de frecuente aparición en el sistema financiero peruano.
Muchos de los denominados claeístas aún siguen
exigiendo la devolución de su dinero, ahora con 20 años más encima. Algunos
otros dejaron de persistir en el proceso y, a otros “afortunados” se les ha hecho
devolución de un porcentaje mínimo de lo aportado.
Sin embargo, el punto
central se encuentra en los testimonios de personas que fueron víctimas del
esquema CLAE pero que, aun así, sabiendo que se encontraban frente a otra igual
siguieron en pie con la idea de aportar y arriesgarse al todo o nada, perdiendo
de esa manera, por vez repetida, los ahorros juntados.
El caso que traigo a
colación es el referido a la empresa “Broker Market Internacional S.A.C.”, el
cual fue intervenido en el año 2008 y, a pesar de no consistir en una pirámide
a gran escala como CLAE, logró persuadir de aportar a ex claeístas.
En el Noticiero
Panorama del año 2009 tres testimonios de personas que fueron víctimas de CLAE
y, que sabían que consistía en una pirámide afirman perderlo todo por
arriesgarlo en esta empresa, pues le ofrecían no pagar impuestos. Sus
testimonios datan desde, “no sabía que duraría tan poco” y “fue mi hijo de 10
años quien me advirtió”.
“En ese sentido,
cuando se trata de confianza en el sistema financiero, se dice que, “la
confianza del cliente en su banco o caja de ahorro es (…) absoluta (…) estas
tienen por actividad típica y habitual recibir fondos del público”. (LÓPEZ,
2009. p.3)
Estas personas
realizaron esas operaciones aun sabiendo que podían perderlo todo. Siendo de
esta manera y, teniendo en cuenta las medidas que toma la SBS, en muchos de los
casos no podría tratarse de falta de información.
Conclusiones
Las medidas de la SBS
a pesar de llegar a ser acertadas, resultan ser insuficientes para que las
personas desistan de aportar su dinero en esquemas piramidales aun sabiendo que
se trata de un esquema fraudulento. A pesar que se dice que es la posible falta
de información, esto no siempre sucede así y lo que determina si una persona
confía en una determinada entidad financiera no es plenamente la confianza,
sino la falta de educación financiera que impida el incurrir en esto. En tal sentido, los objetivos propuestos por la
autoridad parecen permanecer aún en la bandeja de pendientes.
Sin embargo, es
posible que sea, en esta oportunidad, la propia autoridad quien deba hacer una
revisión juiciosa y profunda de sus compromisos, con el objeto de ponderar si
en los tiempos actuales, el actuar único y aislado el estado, es suficiente
para generar impactos intergeneracionales y de alcance expansivo que se busca,
en la sociedad en su conjunto. La experiencia comparada ha demostrado que los
verdaderos cambios culturales y sociales se manifiestan cuando el estado
involucra y establece alianzas con el mundo privado, con el fin de alcanzar los
objetivos sociales que se ha propuesto a la luz de los principios
constitucionales e internacionales vinculados al Desarrollo y los Derechos
Humanos. ¿Los cambios no se producirían de forma más precipitada si todo el sector privado financiero
trabajara, de forma comprometida y profunda, en transparentar el contenido y
forma de funcionamiento del mercado y de los diferentes instrumentos
financieros, entregando Educación Financiera de calidad a todos los peruanos
que tenga a su alcance? ¿Esa no sería una forma efectiva y directa de impedir
la migración de ciudadanos peruanos al sistema informal, a través de la amplia
difusión de las ventajas y garantías que a largo plazo presenta el Sistema
Financiero y Bancario formal?
Tales preguntas no resultan descabelladas,
desde el momento en que las estafas piramidales (al menos aquellas de la
magnitud de las relatadas en este breve texto) han perjudicado a todo el
sistema financiero en su conjunto, causando daños cuantitativos y cualitativos
imponderables. No se podría concluir otra cosa después de examinar cada uno de
los casos y el desarrollo reiterado de estos fenómenos, en diferentes épocas y
países.
¿Sería diferente el
escenario si los Bancos del Perú comenzaran a plantearse profundamente los
riesgos reales que suponen para ellos la precarización del sistema financiero
del Perú al largo plazo y, dentro de sus atribuciones, propusieran medidas
innovadoras para encantar a los peruanos y despejar el halo de duda y
escepticismo que existe sobre ellos? Parece algo urgente en lo que trabajar y
una materia no sólo de interés estatal.
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Fecha de recepción:
23 de octubre de 2020
Fecha de
aceptación:06 de noviembre de 2020