Separación de hecho, ¿indemnización por daños o pensión compensatoria?

Autores/as

  • Fiorella Belén Silva Chávez Estudio PV Abogados & Consultores

DOI:

https://doi.org/10.33539/aletheia.2014.n2.1101

Palabras clave:

divorcio por causal de separación de hecho, separación de hecho, indemnización por daños, pensión compensatoria y análisis del tercem plano casatorio.

Resumen

El presente artículo representa un análsiis de lo regulado en el artículo 345º-A del Código Civil peruano con respecto a la causal de separación de hecho, con el fin de dilucidar si se trata de una indemnización por daños o pensión compensatoira, todo esto a la luz del Tercer Pleno Casatorio del 15 de diciembre de 2010 realizado por las Salas Civiles Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República - Indemnización en el Divorcio por Causal de Separación de Hecho - Casación Nº 4664-2010-Puno.

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Biografía del autor/a

Fiorella Belén Silva Chávez, Estudio PV Abogados & Consultores

Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Estudiante de la Maestría en Derecho de Familia en la Universidad San Martín de Porres. Adjunta de docencia del curso de pregrado de Derecho de Familia en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asistente Legal en el Estudio PV Abogados & Consultores.

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Publicado

2014-12-30

Cómo citar

Silva Chávez, F. B. (2014). Separación de hecho, ¿indemnización por daños o pensión compensatoria?. Alétheia, 2(1), 145–152. https://doi.org/10.33539/aletheia.2014.n2.1101