Las funciones del derecho de daños en la sociedad del riesgo

Autores/as

  • José Fernando Márquez Universidad Femenina del Sagrado Corazón

DOI:

https://doi.org/10.33539/lumen.2014.n10.528

Palabras clave:

Riesgos – Responsabilidad – Daños - Prevención

Resumen

La sociedad posindustrial coloca a la humanidad frente a múltiples riesgos. El derecho de daños, que crea las reglas para la atribución de responsabilidad por perjuicios económicos y personales, se enfrenta a los problemas que genera esta nueva realidad, y se ve obligado a actualizar los conceptos que la explican y las herramientas para solucionarlos. En este marco, la función preventiva del derecho de daños se torna prioritaria y constituye su principal tarea actual.

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Biografía del autor/a

José Fernando Márquez, Universidad Femenina del Sagrado Corazón

Abogado (Universidad Nacional de Córdoba, Argentina), Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (Universidad Nacional de Córdoba, Argentina), Profesor Titular, por concurso, de las Cátedras de Derecho Privado VII (Derecho de Daños), Universidad Nacional de Córdoba, Argentina, y de Derecho Civil II (Obligaciones), Universidad Católica de Córdoba, Argentina. Profesor Honorario de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón. Profesor Honorario de la Universidad Privada de Tacna.

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Publicado

2014-12-30

Cómo citar

Fernando Márquez, J. (2014). Las funciones del derecho de daños en la sociedad del riesgo. Lumen, (10), 55–61. https://doi.org/10.33539/lumen.2014.n10.528