Estableciendo precisiones entre la etapa ejecutoria y el proceso de ejecución

Autores/as

  • Beatriz A. Franciskovic Ingunza Universidad Femenina del Sagrado Corazón

DOI:

https://doi.org/10.33539/lumen.2017.v13.575

Palabras clave:

Ejecutoria – etapa ejecutoria- clases de tutela - proceso de ejecución – título ejecutivo- clases de procesos de ejecución

Resumen

Por medio del presente artículo se trata de diferenciar cuando nos encontramos dentro de la etapa ejecutoria de un proceso judicial a diferencia del proceso de ejecución. Por el primero, se desarrolla el iter procesal, se inicia con la interposición de una demanda hasta la expedición de una sentencia, el juez resolverá sobre el conflicto declarando fundado, infundado o excepcionalmente improcedente la demanda, esta sentencia se ejecutará, regresando al juez de origen para que requiera al demandado el cumplimiento de la misma; mientras que por el proceso de ejecución se apertura o inicia un proceso mucho más expeditivo, con la interposición de una demanda, la misma que siempre debe contener algún documento que tenga el valor de mérito ejecutivo, es decir, que acredite un derecho existente que debe ser cumplido por el ejecutado.

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Biografía del autor/a

Beatriz A. Franciskovic Ingunza, Universidad Femenina del Sagrado Corazón

Abogada y Magister. Árbitro inscrito en el Registro Nacional de Árbitros del OSCE, Arbitra Perú–MINJUS y Consensos PUCP. Docente de la Unifé, Universidad Científica del Sur y Esan y Ricardo Palma. Asociada y Abogada del Instituto Vida, Salud & Gestión SRL.

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Publicado

2017-12-30

Cómo citar

Franciskovic Ingunza, B. A. (2017). Estableciendo precisiones entre la etapa ejecutoria y el proceso de ejecución. Lumen, (13), 93–102. https://doi.org/10.33539/lumen.2017.v13.575