Medios impugnatorios ordinarios sin efecto devolutivo: el remedio y el recurso de reposición
DOI:
https://doi.org/10.33539/lumen.2016.n12.562Keywords:
Instancia plural – doble instancia - medio impugnatorio – medio impugnatorio con efecto y sin efecto devolutivo – cuestiones probatorias- tacha - oposición - remedio – recurso - reposiciónAbstract
Por medio del presente artículo se analiza a dos medios impugnatorios ordinarios sin efecto devolutivo como lo son el remedio y la reposición. Medios impugnatorios que nuestro ordenamiento jurídico procesal los regula de manera diferenciada, pues considera a la reposición como un recurso (recurso de reposición) y no como un remedio. Por otro lado, cataloga como un remedio a la oposición, cuando en el mismo código procesal civil lo regula dentro de las cuestiones probatorias, como la tacha. Esta diferencia se ampara en el hecho que nuestro ordenamiento jurídico diferencia a los remedios en base a lo
qué es lo que se cuestiona (vicios u errores contenidos o no en una resolución judicial) y no en sus efectos (con efecto o sin efecto devolutivo).