El derecho del niño a emitir opinión y su relación con la adopción
DOI:
https://doi.org/10.33539/lumen.2017.v13.568Keywords:
Opinión del niño. Interés superior del niño. Filiación. AdopciónAbstract
El respeto de la opinión del niño, niña y adolescente en todo procedimiento administrativo, proceso judicial, políticas públicas y en toda decisión que los involucre debe ser una premisa del Estado a fin de consolidar su rol de garante de los derechos humanos de este grupo poblacional especialmente vulnerable, el cual acorde al artículo 4.º de la Constitución Política del Estado merece especial protección. Los procedimientos administrativos de adopción no están exentos de observar, sin restricción alguna, el ejercicio de dicho derecho, el cual en forma acertada es exigido en diversas etapas de los procedimientos por riesgo y desprotección familiar regulados por el Decreto Legislativo N.º 1297.