El derecho y la realidad, a propósito de la calificación del concebido
DOI:
https://doi.org/10.33539/lumen.2014.n10.530Palabras clave:
Concebido – Persona – Cigoto - EmbriónResumen
En el presente artículo, el autor se pregunta si la disposición del numeral I del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, en cuanto califica al concebido como niño y ser humano, cumple un rol útil que justifique ir más allá de lo preceptuado en el Código Civil de 1984 y en las Constituciones Políticas del Estado de 1979 y de 1993; instrumentos jurídicos que no solo protegen la vida humana desde la concepción sino que también consagran el valor de la vida humana y otorgan la categoría de sujeto de derecho al concebido. Se cuestiona que para el Código de los Niños y Adolescentes no exista ya el cigoto, el embrión, el feto y el neonato, pese a que son realidades indiscutibles.