La Libertad de Religión

Autores/as

  • Ramiro De Valdivia Cano Universidad Femenina del Sagrado Corazón

Palabras clave:

Libertad religiosa – Libertad - Religión

Resumen

El Comité de Derechos Humanos de la ONU, en 1993, describió religión o pensamiento religioso como un conjunto de “creencias teístas, no teístas y ateas, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia”. La palabra “religión” significa “atar con eficiencia”. Procede de la palabra latina religare. Dicho término se asocia, comúnmente, aunque no siempre, con creencias religiosas tradicionales (mayoritarias, minoritarias o nuevas) en alguna deidad o deidades. En sede de Derechos Humanos, sin embargo, el uso de este término, normalmente, incluye también, el derecho a creencias no religiosas. La libertad de religión es uno de los derechos fundamentales más evocados por casi todas las regulaciones y declaraciones que se haya realizado en el mundo. En el fondo, la libertad de religión es vector para el control de calidad que mejor detecta la medida, la dirección, la coherencia con que cada sociedad respeta al hombre en su dignidad  más profunda: sus creencias religiosas

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Biografía del autor/a

Ramiro De Valdivia Cano, Universidad Femenina del Sagrado Corazón

El autor ha ejercido la docencia como Profesor de Derecho Constitucional por más de treinta años en la Universidad Católica de Santa María de Arequipa, así como en la Academia de la Magistratura y en la Universidad Femenina del Sagrado Corazón. Es Juez de la Corte Suprema del Perú y miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

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Publicado

2014-12-30

Cómo citar

De Valdivia Cano, R. (2014). La Libertad de Religión. Lumen, (10), 119–126. Recuperado a partir de https://revistas.unife.edu.pe/index.php/lumen/article/view/537

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