El interés superior del niño como concepto jurídico indeterminado y su concreción en la jurisprudencia nacional.
DOI:
https://doi.org/10.33539/peryfa.2021.n10.2485Palavras-chave:
Desarrollo integral, menor, Corte Suprema, principio del interés superior del niño, concepto jurídico indeterminadoResumo
La aplicación del principio del interés superior del niño, como un enunciado de obligatoria aplicación, se remonta a la Convención del Niño; instrumento internacional que, por su carácter abstracto, ha requerido que en nuestro país se emita una norma que determine los parámetros de aplicación, con la finalidad que se justifique la adopción de medidas que resulten lo más satisfactorias para el desarrollo integral del menor. Si bien este principio viene siendo incorporado en las decisiones jurisdiccionales, la interpretación a que se está arribando resulta ser todavía muy amplia, sin efectuar una ponderación adecuada entre las posibles soluciones, a fin de establecer cuál de ellas resulta ser la más conveniente para el menor.