El interés superior del niño como concepto jurídico indeterminado y su concreción en la jurisprudencia nacional.

Autores

DOI:

https://doi.org/10.33539/peryfa.2021.n10.2485

Palavras-chave:

Desarrollo integral, menor, Corte Suprema, principio del interés superior del niño, concepto jurídico indeterminado

Resumo

La aplicación del principio del interés superior del niño, como un enunciado de obligatoria aplicación, se remonta a la Convención del Niño; instrumento internacional que, por su carácter abstracto, ha requerido que en nuestro país se emita una norma que determine los parámetros de aplicación, con la finalidad que se justifique la adopción de medidas que resulten lo más satisfactorias para el desarrollo integral del menor. Si bien este principio viene siendo incorporado en las decisiones jurisdiccionales, la interpretación a que se está arribando resulta ser todavía muy amplia, sin efectuar una  ponderación adecuada entre las posibles soluciones, a fin de establecer cuál de ellas resulta ser la más conveniente para el menor.

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Biografia do Autor

Silvia Jenifer Herencia Espinoza, Universidad Femenina del Sagrado Corazón

Abogada y Magíster en Derecho de Empresa, Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, Perú. Actualmente, se desempeña como Jueza Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y Docente Universitaria en la
Universidad Femenina del Sagrado Corazón y en la Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, Perú.

Publicado

2021-12-10

Como Citar

Herencia Espinoza, S. J. (2021). El interés superior del niño como concepto jurídico indeterminado y su concreción en la jurisprudencia nacional. Persona Y Familia, (10), 85–104. https://doi.org/10.33539/peryfa.2021.n10.2485