La intervención concurrente del cónyuge como requisito de eficacia del acto jurídico según el artículo 315 del Código Civil peruano

Autores

  • Fernando Arias -Stella Castillo Universidad Femenina del Sagrado Corazón

DOI:

https://doi.org/10.33539/peryfa.2012.n1.417

Palavras-chave:

Acto jurídico, nulidad, bienes de gananciales, bienes sociales

Resumo

Breve reflexión sobre las diversas interpretaciones que se vienen efectuando del artículo 315 del Código Civil Peruano, dado que la posición de la jurisprudencia relativa a considerar al referido artículo como un supuesto de nulidad del acto jurídico por falta de manifestación de voluntad del agente, viene siendo cuestionada doctrinariamente. El texto, nos aproxima a la noción que la falta del concurso del cónyuge en los actos de disposición de los bienes gananciales, no es una vulneración del núcleo duro del Acto Jurídico por falta de manifestación de voluntad, sino que se trataría en rigor de un supuesto de ineficacia.

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Biografia do Autor

Fernando Arias -Stella Castillo, Universidad Femenina del Sagrado Corazón

Abogado, Docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón.

Publicado

2012-12-30

Como Citar

Arias -Stella Castillo, F. (2012). La intervención concurrente del cónyuge como requisito de eficacia del acto jurídico según el artículo 315 del Código Civil peruano. Persona Y Familia, 1(1), 33–37. https://doi.org/10.33539/peryfa.2012.n1.417